Indagatoria de Antonio Pernías En Buenos Aires a los 22 días del mes de mayo
de 2006
Seguidamente, luego de prestar conformidad con las formalidades del presente
acto, el compareciente manifiesta que desea dictar su declaración siendo la
misma la siguiente: -
Encuadre Histórico y situación: Una
de las cuestiones básicas para comprender las acciones que se desarrollaron
en el marco de la guerra contra el terrorismo que, por su irregularidad,
tenía características especiales; al punto de haber sido reconocida por la
Cámara Federal que condenó a los integrantes de las Juntas Militares como de
Guerra revolucionaria. La magnitud que a cobrado esta causa refleja el
alcance institucional de los hechos que y secuelas producidos por la guerra
definida, y si es Institucional, la respuesta debió y debe ser dada en este
caso por la Armada…………………………...
Especialmente deseo Precisar y Subrayar muy bien ante la reapertura de
causas luego de derogadas la ley de Obediencia Debida y Punto final las
declaraciones que hice y hago es por compromiso con mi conciencia, mi
familia y aportar a la verdad brutalmente distorsionada para que Dios
mediante, alguna vez se escriban sus causas, efectos, acciones, procederes,
responsabilidades de los distintos estamentos del estado.,y también la que
me caben como combatiente. Recordando que desde 1985 , efectué declaraciones
en distintas oportunidades, es que dado el tiempo transcurrido y en aras de
una mejor comprensión, resulta necesario agregar expresiones y/o documentos
importantes reflejados en otras declaraciones ampliatorias, mas aún
tratándose de una ampliación de la causa madre ( ex 761 - ESMA) , ya que por
enero de 1987, la estrategia era a mi entender la del silencio y dilatoria
ante las diferentes requisitorias (también yo en esa circunstancia estaba
convencido); le dije a la Cámara Federal..”Por ahora, no voy a declarar”.
Bueno, casi veinte años después, en una situación que considero inexplicable
con muchos testigos y protagonistas muertos, debo intentar desandar en el
tiempo para contribuir a descubrir una verdad que todos conocían. Tratando
de ubicarme en ese escenario que no es fácil. Por ello debo aclarar que me
referiré a hechos y circunstancias que han sido de mi conocimiento personal
directo y a otros de los cuales tuve conocimiento por camaradas con
posterioridad a los mismos, y en particular cuando concluyó la guerra contra
el terrorismo y que en algunos casos fueron relatados en otras Indagatorias
ante diferentes Juzgados. A saber: Juzgado de Instrucción militar Nº 1 (25
de julio de 1985), Juzgado de Instrucción militar Nº 4 ( 25 de julio de 1985
y 22 de julio de 1986), Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (15 de enero
de 1987), juzgado del Dr. Blondi (1984), Causa 18.967/03 – separata de la
14.217/03 ( 6 de abril de 2005 y 13 de junio de 2005) en el Juzgado del Dr.
TORRES, Causa 18.913/03 ( 26 de octubre de 2005 y 15 de diciembre de 2005),
Causa 14.217/03 (9de marzo de 2006), estas últimas también en el mismo
juzgado. Me he desempeñado en la mencionada
guerra iniciada por
orden del Gobierno Constitucional en el año 1975 y organizada a partir de la
Directiva 1/75 del Consejo de Defensa, como integrante del Grupo de Tareas
3.3 con acantonamiento en la Escuela de Mecánica de la Armada, en los años
1976 hasta principios de 1979 salvando períodos de comisiones, licencias y
casi todo el año 1978 que estuve en comisión en Europa - ( como bien indica
el Fiscal Eduardo R. TAIANO – Fiscalía federal Nº 3, en el punto I
- Imputados acápite 10) del Requerimiento de Instrucción de la Causa Nº
14.217),¼..”
En el momento de los hechos, se desempeñaba como
Teniente de Navío e integrante del Sector de Inteligencia de la Unidad de
Tareas 3.3.2 del G.T.3.3, desde sus orígenes hasta principios de 1979. así
mismo, entre marzo de 1978 y principios de 1979 actuó en el Centro Piloto de
París, Francia”. Durante mi permanencia activa desarrollé tareas en el
ámbito Operaciones e Inteligencia. En el contexto de esa guerra he sido un
participante más de la Armada que Institucionalmente debió
enfrentar al terrorismo. He actuado cumpliendo las órdenes tal cual me
fueron impartidas por la vía de Comando correspondiente. En tal sentido la
Armada supervisó a través de la misma vía y también por otras autoridades o
Comandantes que tenían Oficiales denominados rotativos y afectados al
Grupo de Tareas en forma transitoria, pudiendo citar como ejemplo la
visita al Grupo de Tareas del Comandante de un buque de la Flota de Mar, que
tenía un oficial en comisión como rotativo hacia fines de 1976, tratándose
respectivamente del entonces Capitán de Fragata Ramón Arosa y del Teniente
de fragata Rolón.
Finalizada la guerra, la Armada, sin ninguna
observación de carácter disciplinario me destinó a las Escuelas y Unidades
correspondientes a mi jerarquía, debiendo destacar que tuve el honor de
haber sido seleccionado para desempeñarme como Comandante de la Compañía de
Exploración de la Infantería de Marina con la Jerarquía de Capitán de
Corbeta 1984 – 1985, también de ser seleccionado durante el Gobierno del Dr.
Alfonsín para desempeñarme en la Misión Naval en Bolivia (1988 – 1989), y
seleccionado también para ejercer el Comando del Batallón de Infantería de
Marina Nº 2 (1991 – 1992). Esto para mí tiene un gran significado, porque es
el reconocimiento de la Armada a cualidades profesionales y éticas probadas
en el cumplimiento del deber. Si la Institución no tuvo ninguna observación
para estas designaciones previa selección, debe entenderse que mi conducta
durante la guerra e incluso después de ella, fue institucionalmente
correcta, es decir a entender de la Armada no me excedí en nada, y cumplí
con mi obligación conforme a las directivas, pautas y los reglamentos
militares observados en ella; pasé a situación de retiro voluntario ante la
imposibilidad de salvar o contrarrestar las presiones mediáticas que
ejercían sobre la Comisión de Acuerdos del senado determinados organismos, o
medios (particularmente Página 12). El Grupo de Tareas que integré era uno
más de los que existieron en la Armada en distintas unidades y al igual que
ellos, mantenía una dependencia Orgánica e Institucional del Comandante de
la Fuerza de Tareas y esta a su vez del Comando de Operaciones Navales,
manteniendo una dependencia operativa del Comando del 1er Cuerpo de Ejército
a través de la sub.-zona Capital Federal. Probablemente el Jefe de
Operaciones durante 1977 esté en condiciones de ampliar en detalle los
aspectos referidos a Planes, Dependencias Orgánicas, Operativas y niveles de
Coordinación. Como se indica en una solicitud de Sobreseimiento efectuada
por mi defensa, la orgánica del Grupo de Tareas en el año 1977 estaba
constituida por su Comandante, Contralmirante Jacinto Chamorro, Jefe de
Estado Mayor, Capitán de Navío Jorge Vildoza, Jefe de Operaciones, Capitán
de Corbeta Jorge Perren y Jefe de Logística el Capitán de Corbeta Carlos
José Pazo. La Ejecución de las Operaciones se encontraban a Cargo del Jefe
de Operaciones. Las tareas propias del área Inteligencia, a Cargo de su
correspondiente Jefe. El Registro de detenidos a Cargo del Teniente (RE)
Alejandro Spinelli, suponiendo que dependía del área Inteligencia. El
Alojamiento y Control de detenidos, se efectuaba con personal asignado para
esta tarea, y no me quedó nunca claro de quién dependía, pero de acuerdo con
lo establecido en la reglamentación de la Armada, debería corresponderle al
área Personal/ Logística. Las operaciones tácticas se ejecutaban a orden del
Jefe de Operaciones, quien de acuerdo con la magnitud y la capacidad enemiga
a enfrentar determinaba la organización de la fracción a destacar. El
Capitán Perren considero que estaría en mejores condiciones para explayarse
sobre el particular. Recuerdo que al inicio de las operaciones a mediados de
1976, los procedimientos se iban ajustando a los conocimientos profesionales
y a la experiencia adquirida en el accionar contra el enemigo; luego y
aproximadamente afines de 1976, o inicio del 1977 con la asignación de
Oficiales Rotativos provenientes de diferentes destinos de la Armada, el
entonces Teniente de Navío de I.M. Randolfo Agusti (oficial rotativo en
comisión, y de gran solvencia profesional) bajo la supervisión del Jefe de
Operaciones se implementaron procedimientos operativos, ajustados para
diferentes situaciones, supongo que en base a la experiencia
adquirida y la Reglamentación disponible en aquel entonces. De acuerdo a
constancias incorporadas a la Causa 761(cuerpo XI fojas 4 a 9), y firmadas
por el entonces Jefe de Estado Mayor general de la Armada, los Oficiales
Rotativos que serían asignados a los diferentes Grupos de Tareas de la
Armada, recibían instrucción acorde según un programa desarrollado en el
Centro de Adiestramiento de Infantería de Marina, mediante un ciclo
de cursos anuales, especificándose la cantidad de efectivos asignados a cada
uno de ellos. La documentación y reglamentación empleada no estuvo
a mi alcance pero supongo que el Jefe de Operaciones debería tener
conocimiento. En cuanto a la detención, registro, interrogatorio,
alojamiento de prisioneros y destino final, desconocía por mi jerarquía la
bibliografía utilizada, pero habida cuenta de los reglamentos que hoy
tomaron estado público, y dado que en general las Unidades contaban con la
reglamentación de otras fuerzas, se procedía de acuerdo entre otros, con lo
ordenado en el reglamento ROP –30 –5 “
Prisioneros de guerra”
que fuera acompañado con el pedido de sobreseimiento. En cuanto al destino
del detenido, ello era una decisión tomada en niveles superiores de
conducción y común para el caso de todas las Fuerzas de Tareas de la Armada,
corresponde por lo tanto que la metodología empleada debe ser respondida por
quienes tuvieron esa responsabilidad. Las dependencias ocupadas por el grupo
de tareas en la Escuela de Mecánica estaban constituidas por el Salón Dorado
que era un espacio en la planta baja de la Casa de Oficiales correspondiendo
al área Operaciones, Comunicaciones y Detall. El subsuelo destinado a lugar
de trabajo del área Inteligencia y de colaboradores protegidos por las
fuerzas legales; el alojamiento de los colaboradores, si bien no puedo
precisar con detalle, estaba en el 3er piso, en lugares acondicionados al
efecto, debiendo
permanecer aislados del resto de los detenidos;
para el cumplimiento de estas tareas había montado un sistema de
guardia, cuya organización y dependencia desconozco. En el subsuelo existía
una pequeña habitación como enfermería para la atención elemental, y de
primeros auxilios. En el altillo como queda dicho, se acondicionó el lugar
para el alojamiento de detenidos y a partir de octubre de 1977
aproximadamente, se adecuo una zona para oficinas utilizadas por los
colaboradores. Anexo a la Casa de oficiales funcionaban las oficinas del
Jefe de estado Mayor y del área Logística. Como norma durante los
interrogatorios los colaboradores debían permanecer en el 3erpiso.
Los hechos – calificación de la confiabilidad y veracidad de las fuentes: Me
he referido el (13-6-05) – Causa Nº 18.967/03, que habida cuenta la
posibilidad de conocer con mayor detalle los hechos que se me imputaran,
acarreaba la necesidad de una segunda declaración ampliatoria; profundizando
los antecedentes, contradicciones y falsedades expuestas por los
denunciantes; agregando algunos datos relevantes, intento demostrar así que
casi todas las denuncias han sido aunque con errores que saltan a la vista,
orquestadas y coordinadas en el tiempo y generalmente con posterioridad a
los hechos denunciados. Siempre aparece un detenido que describe los
hechos que son imputados los cuales luego son apoyados y/o
confirmados por otros detenidos que dicen conocer la versión del hecho
denunciado por comentarios de otros detenidos o comentarios inventados, con
la evidente intención de tratar de fortalecer y dar un marco ficticio de
realidad o potenciar la existencia de un hecho que no le consta y siempre
exagerando en su relato haber sido víctima de presiones y tormentos, con la
pretensión de producir en quien lo lee o escucha una lógica conmoción de
indignación y rechazo de los actos potencialmente aceptados como ciertos .
Es así que el mencionar nombres en forma repetitiva y casi con
exclusividad se pone en evidencia una intencionalidad manifiesta de afectar
e inculpar a militares con el fin arriba reseñado y también de ocultar su
conducta delatora y colaboracionista; y en determinados casos intentar
alcanzar y explotar una mayor repercusión internacional. Quienes me han
denunciado en su momento se pasaron a las fuerzas legales
con las cuales colaboraron activamente proporcionando información,
individualizando a ex- compañeros.