Marzo de 2007
Por Luis María Bandieri
Witte entró a formar parte de la hermandad desde su constitución y fue enviado a
París para ejecutar a otro miembro de aquélla., llamado Polianski, para el caso
de que éste no cumpliera la orden de asesinar a un nihilista exiliado que había
participado en el complot de “Voluntad del Pueblo”, el grupo que atentó contra
la vida del zar Alejandro II. Witte narra luego las andanzas de las Centurias
Negras, nombre popular de una “Asociación del Pueblo Ruso”, concebida en su
origen como una fuerza de confrontación civil. Lopujin, jefe de policía zarista,
anotaba al respecto: “Contra la revolución y la lucha de clases, no podemos
apoyarnos únicamente en la policía, hemos de apoyarnos también en el pueblo, en
las clases, a fin de que se transforme la lucha de la policía, en la lucha de un
sector del pueblo contra otro sector del pueblo”. La policía política rusa
del tiempo zarista había afinado los procedimientos de infiltración en las
organizaciones terroristas, hasta el punto que algunos agentes encubiertos
llegaron a descollar en ellas (4). Los límites entre la policía y los
terroristas comienzan, a partir de allí, a tornarse poco claros. También debe
anotarse que la tortura, desparecida desde fines del siglo XVIII, reaparece
ahora como método para extraer información. La crueldad de la tortura exacerba,
por otra parte, la crueldad en la acción terrorista, realimentándose ambos
extremos mutuamente, en una patética escalada. Por cierto, estos métodos
originados en los tiempos del zarismo, y especialmente el desenvolvimiento de
una policía política cada vez más sofisticada, se perfeccionan luego de la
Revolución de 1917: la Cheká, la GPU, la NKVD, la MVD, la KGB. Stalin, que de
nada se privó en este campo, y que tuvo como ejecutores a verdugos de la talla
de Yezhov y Beria (purgados a su turno), preocupado por la exaltación póstuma de
los nihilistas tirabombas, llegó a escribir: “si enseñamos a nuestros hijos
historias de la Voluntad del Pueblo (el grupo que asesinó al zar Alejandro
II), los convertiremos en terroristas”. No andaba tan desencaminado el
tío José, y su admonición podrían repetirla en la Argentina los ex tirabombas
finalizados en ministros o financistas, cuando a su turno son denostados por los
jóvenes militantes encapuchados de la acción directa, que los califican de
burgueses vendidos al imperialismo.
El terror ha acompañado desde el vamos la relación del hombre con sus
semejantes. La historia general está salpicada de matanzas y crueldades, con las
que se consigue y remacha el poder de un grupo sobre otro. Un texto religioso,
como la Biblia, nos ofrece sobrados reportes de carnicerías suficientemente
aterrorizantes efectuadas por los vencedores sobre los vencidos. Pero es en la
modernidad cuando el terror se convierte en Terror y en terrorismo. Se le puede
otorgar al Terror, una fecha de nacimiento (1793) y hasta un padre (Saint-Just).
De septiembre de 1793 a julio de 1794, impera el Terror desde la Convención
francesa, cuyo presidente, el joven Luis Antoine de Sain-Just, obra como
“arcángel de la muerte”, hasta que la inevitable reacción de termidor(5)
lo habrá de conducir a él mismo al otro barrio, guillotina de por medio. El
Terror fue utilizado por el gobierno revolucionario para aniquilar a sus
opositores, basándose en argumentos de “salvación pública”, esto es, de salus
populi o razón de Estado. Como bien anota Alain de Benoist(6) ,
resulta un Terror “legal”, que puede reconocerse como ilegítimo y no una acción
ilegal, que puede, según el caso, considerarse legítima, cual resulta el
terrorismo. El Terror legal, producto maximalista de la Revolución Francesa,
estuvo acompañado de la primera guerra “total” de la modernidad, esto es, la de
la Vandea contra la ”chuanería” (7) . Las tropas republicanas
operaron sobre esa región bajo órdenes estrictas de no hacer prisioneros y de
pasar por las armas hombres, mujeres y niños, indistintamente. La justificación
del Terror legal por la invocación de la salus publica, que pone a los
gobernantes y funcionarios que ordenan y ejecutan aquellos actos legibus
solutus, esto es, desligados de la ley y por encima de ella, habrá de
reaparecer en cada ocasión semejante, hasta nuestros días.
Con la Revolución Francesa tenemos el Terror legal, pero no aún el terrorismo.
El terrorismo aparecerá, a fines del siglo XIX, en los pródromos de la otra gran
Revolución, la de octubre de 1917. Nuestro conde Witte será testigo y partícipe
en esos acontecimientos. “Terroristas” son los integrantes de grupos
revolucionarios que se sirven de medios violentos, como los atentados con
explosivos, los asesinatos y los sabotajes, para atacar un gobierno. El Terror
legal, hijo de la Revolución Francesa, se acompaña desde entonces de un gemelo
siamés, el terrorismo, tío de la Revolución Rusa. Ambos están enfrentados y,
como lo vio Witte tempranamente, aparece desde el Terror legal la tentación
imperiosa de disputarle la primacía al terrorismo en su propio terreno y con sus
propias armas.
Suele llamarse al Terror legal, cuando echa mano de esta respuesta simétrica
subrepticia, “terrorismo de Estado”. Es una designación errónea. El terrorismo
de Estado supone un Estado terrorista, indiferente a toda pretensión de
legitimidad de título o ejercicio, cuyo poder se asienta pura y simplemente en
la violencia sobre la población, ejercida por medio de secuestros, torturas y
asesinatos. Aunque muchos Estados, durante el siglo pasado, se acercaron a este
modelo, ninguno lo practicó ni nadie lo planteó como desideratum, ya que hasta
el más cruel Terror legal usa, asimismo, el guante de terciopelo de la
persuasión y la manipulación. Las expresiones “terrorismo de Estado” y “Estado
terrorista” se asocian, en nuestros días, al ejercicio dictatorial del poder por
medio del ejército y demás fuerzas armadas, que se sirven, además, de
formaciones paramilitares o parapoliciales. La expresión “terrorismo de Estado”,
en puridad, encierra una falacia que vacía de sentido teórico político a la
noción de “terrorismo”. El terrorismo, como vimos, es un recurso político que se
utiliza contra un gobierno o conjunto de gobiernos, con el propósito de
jaquearlos y eventualmente derribarlos, por grupos, generalmente reducidos y de
actuación con preponderancia urbana, que producen a designio, por diversos actos
de violencia, un estado de terror en la población en general(8). No
interesa, para el caso, el grado de legitimidad del gobierno contra el cual los
terroristas combaten y si éste, a su turno, practica el Terror legal
subrepticio. Lo que define al terrorismo es que se dirige contra un gobierno o
conjunto de ellos, pero sus blancos son aleatorios y elegidos mayormente entre
la población civil, en la que produce sorpresa y abatimiento (la pregunta del
“¿por qué?”). Esos actos o amenazas deben crear la impresión de poder reiterarse
indefinidamente y, en cada caso, debe haber una reivindicación, una “marca de
fábrica”. Los actos de los gobiernos que se califican como “terrorismo de
Estado”, esto es, los actos de Terror legal subrepticio (secuestros, torturas,
asesinatos, desapariciones forzadas), son crímenes de Estado, crímenes que se
intentará en algún momento cubrir –como vimos- con la “razón de Estado”, pero no
terrorismo. Normalmente no se reivindican y hasta se pretende, muchas veces,
darles la apariencia de sucesos corrientes –accidentes, crímenes comunes. En
otras ocasiones, se echa mano de un sello -como el de la “Triple A” de 1973 a
1976, o el GAL bajo la presidencia del gobierno español de Felipe González-, que
encubre a un grupo paraoficial de sicarios. Los blancos de estos crímenes son
los enemigos del gobierno, reales o supuestos, pero no aleatorios ni
pertenecientes a la población en general. No pretenden crear una sensación de
repetición indefinida, sino que persiguen la aniquilación o doblegamiento del
bando enemigo, que, en muchos casos, ha recurrido ya al terrorismo y procederá a
la retorsión por esa vía.
En ambos casos, en el del terrorismo y en el de los asesinatos de Estado, como
en todas las guerras y conflagraciones, se echa mano al terror. Pero el
terrorismo resulta un uso particular y específico del terror, como hemos visto.
La expresión “terrorismo de Estado” transforma los crímenes de Estado en la
única clase de “terrorismo” computable y jurídicamente relevante. Incluso, sólo
llegan a considerarse “víctimas” las que han sufrido tales actos o sus deudos, y
no las de atentados terroristas. El resultado es que, en situaciones como las de
nuestro enfrentamiento intestino de los años 60 y 70, ocurrido bajo el registro
de la “guerra revolucionaria” y de su respuesta contrainsurgente, uno de los
bandos desaparece del teatro de las operaciones y sólo queda el otro –durante el
período de la dictadura militar, exclusivamente- en función solitaria de
represor indiscriminado. Este escamoteo convierte la guerra que, como el tango,
es asunto de dos, en regodeo de uno solo en la crueldad y la matanza(9).
El primer motor del terrorista es el odio, pero no dirigido, en la mayor parte
de los casos, contra sus víctimas, que juegan un papel meramente instrumental,
sino contra un enemigo abstracto que se pretende golpear por medio del
sacrificio de individuos concretos elegidos a capricho. Las explicaciones del
terrorismo por circunstancias objetivas –la miseria, la marginación, el hambre -
no tiene en cuenta que la finalidad del terrorista es imponer su voluntad a las
voluntades contrarias para doblegar aquel enemigo abstracto de que hablábamos
más arriba. Por lo tanto, no debe enfocárselo bajo la relación causa a efecto,
sino a partir de la relación medio a fin. Agreguemos que aquel tipo de odio
genérico e impersonal tuvo su usina en otro producto de la modernidad, la
ideología o religión secularizada, en especial la leninista con su planteo de la
enemistad absoluta en la guerra revolucionaria, hoy suplida por el
fundamentalismo religioso. El terrorista usa el miedo para ejercer una
influencia en la historia, y lo obtiene, especialmente en la era moderna y su
presente estadio final, a través de los útiles tecnológicos más avanzados,
como., p. ej., el impacto de los jets. en rascacielos, o la amenaza del arma
bacteriológica o atómica. Así se amplía la posibilidad de desastre masivo y,
consecuentemente, el efecto del terror. Ello es posible porque la modernidad
resulta la mejor dispuesta, en el curso de las eras históricas, a aceptar la
muerte en masa, que a la vez le fascina y la horroriza. En el altar inútil de la
“picada” o del fin de semana largo, sacrificamos vidas en accidentes
automovilísticos sin impresionarnos demasiado. Nada de lo que el terrorismo
ensaya hoy para doblegar resulta innovador en materia de crueldad, ni tampoco lo
son los recursos sórdidos y clandestinos a que echa mano el Terror “legal”. Los
terroristas y los contraterroristas furtivos no son inadaptados, sino, por el
contrario, seres quizás demasiado bien adaptados para deslizarse en la pendiente
de nuestro tiempo. El siglo XX y el despuntar del XXI están atravesados por la
nota de la atrocidad. Desde las sevicias en los campos de concentración en la
guerra anglo-boer a Guantánamo y Abu Gharib, pasando por el lager y el gulag;
los bombardeos masivos desde Coventry a Faluya, pasando por Hamburgo, Dresde,
Hiroshima y Nagasaki; los exterminios sistemáticos a partir de los armenios en
1915, pasando por los judíos en el III Reich, los diversos pueblos bajo la
férula staliniana, los chinos durante el “Gran Salto Adelante” de Mao, los
camboyanos bajo Pol Pot, los curdos bajo Saddam, los tutsis contra los hutus en
Ruanda, los tibetanos por los chinos, Sabra y Chatyla, Sudán, el Timor Oriental,
las dictaduras latinoamericanas de uno u otro signo y un etcétera que no cierra
la lista sino que la mantiene cautelarmente abierta. El terrorismo y el
contraterrorismo, hermanitos siameses, integran, acompañan y refuerzan estos
macabros elencos.
(4)El agente policial Yesno Azev llegó a ser jefe de la brigada terrorista del Partido Revolucionario Socialista de 1903 a 1909.
(5)Recordamos que era el undécimo mes del calendario revolucionario de los republicanos franceses. Abarcaba del 19 de julio al 17 de agosto. Fue en termidor (el 27 de julio de 1794) que se produjo la caída de Robespierre y sus partidarios, esto es, el derrumbe del régimen del Terror legal).
(6)“Éléments”, nº 123, hiver 2006/7, p. 28
(7) “Chuanes” –chouans en francés- fue el nombre que adoptaron los
insurgentes realistasvandeanos y bretones y “chuanería” –chouannerie- el nombre
genérico con que se conoció su levantamiento.
(8)La resolución 51/210, «Medidas para eliminar el terrorismo internacional», adoptada en la 88 Asamblea Plenaria de la ONU, del 17 de diciembre de 1996, proclama en el punto I.2 que dicha Asamblea:«reitera que los actos criminales encaminados o calculados para provocar un estado de terror en el público general, un grupo de personas o personas particulares para propósitos políticos son injustificables en cualquier circunstancia, cualesquiera que sean las consideraciones políticas, filosóficas, ideológicas, raciales, étnicas, religiosas o de cualquier otra naturaleza que puedan ser invocadas para justificarlos.»
(9)La expresión
“terrorismo de Estado” puede servir también para caracterizar el patrocinio que
un Estado, real o supuestamente, presta para la realización de actos terroristas
fuera de su territorio. Son, en todo caso, crímenes cuyos autores mediatos o
instigadores pertenecen al elenco de gobierno de un Estado. No cabe, frente a
ellos, establecer condenas colectivas contra un Estado –como ocurre con los
llamados rogue States o “Estados villanos”-, lo que convertiría a toda su
población, indiscriminadamente, en blanco de las represalias. Son los falsos
universales del tipo “los árabes (o los judíos, o los serbios, etc.) deben pagar
por esto”, que siempre exigen sangre.
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